En una reciente entrevista con el programa 47M la Dra. Silvia Zarza, titular del estudio Zarza y Asociados, analizó el impacto de la planificación sucesoria y detalló las ventajas de la “sucesión administrativa”, un mecanismo que agiliza los trámites en la provincia de Corrientes.
Hablar sobre el destino de los bienes familiares cuando uno ya no esté suele ser una conversación incómoda que muchas familias postergan. Sin embargo, los especialistas advierten que la falta de previsión es la principal causa de rupturas y largos litigios judiciales entre herederos. Así lo expresó la Dra. Silvia Zarza, abogada especialista, quien derribó el mito de que la planificación sea un asunto exclusivo de las grandes fortunas.
“A veces encontramos hermanos que se pelean por una casita o por un auto. No hay nada mejor que poner las cuentas claras en vida”, señaló la letrada, remarcando que el objetivo principal es garantizar la paz familiar.
Las herramientas más utilizadas: Testamentos y Donaciones
Durante el encuentro, se analizaron los dos instrumentos legales más comunes para organizar el patrimonio:
- El Testamento: Es una de las vías más seguras. Si bien la modalidad por escritura pública ofrece mayores garantías, también es válido el testamento manuscrito (ológrafo), siempre que cuente con puño, letra, firma, fecha y lugar explícitos del testador. No obstante, la falta de formalidades puede judicializar el proceso, como ocurre en casos donde se debe probar la autenticidad del documento.
- La Donación: Es la opción más económica y habitual. La Dra. Zarza recomendó realizarla “de frente”, reuniendo a los hijos para explicar las decisiones y evitar resentimientos futuros. Además, aclaró que tras la última reforma del Código Civil rige el principio de colación: si un hijo recibe un inmueble de mayor valor que el de sus hermanos, ya no está obligado a devolver la propiedad, sino que puede compensar económicamente la diferencia a los demás herederos.
Alerta legal: La separación de hecho no anula el derecho a heredar
Un punto crítico que genera sorpresas en los tribunales es la situación de las parejas separadas que nunca formalizaron el divorcio. La abogada advirtió que, ante una separación de hecho (incluso de décadas), el exesposo o exesposa mantiene sus derechos sobre la herencia, a menos que se logre demostrar en el juicio que ya no existía ningún “proyecto de vida en común”.
Hoy en día, herramientas como los resúmenes de tarjetas de crédito compartidas, la cobertura de obras sociales o incluso las publicaciones en redes sociales son utilizadas como pruebas clave en los juzgados para demostrar si ese proyecto de vida seguía vigente o no.
Corrientes a la vanguardia: ¿Qué es la Sucesión Administrativa?
Uno de los anuncios más destacados de la entrevista fue la vigencia de la sucesión administrativa, contemplada en el Artículo 666 del nuevo Código de Procedimiento Civil de Corrientes. Esta herramienta busca terminar con los procesos eternos que se vuelven costosos debido a las constantes impugnaciones cruzadas por el valor de las propiedades.
El procedimiento funciona de la siguiente manera:
- Declaratoria de herederos: Se inicia el juicio de manera tradicional en el juzgado hasta que el juez reconoce oficialmente quiénes son los herederos legítimos.
- Etapa extrajudicial: Con la declaratoria en mano, los herederos pueden optar por salir del ámbito del juzgado y avanzar en el inventario, tasación y reparto de los bienes de mutuo acuerdo ante un escribano público.
- Inscripción final: Una vez alcanzado el consenso de forma privada y sin la burocracia de presentar “escrito tras escrito”, el acuerdo se presenta nuevamente ante el juez para que ordene la adjudicación e inscripción registral de los bienes.
Este mecanismo permite que las familias resuelvan sus diferencias cara a cara, abaratando costos y reduciendo de forma drástica los plazos de un trámite que, de otra forma, podría demorar años.

