En un contexto donde la pérdida del poder adquisitivo empuja a miles de hogares a financiarse para cubrir gastos esenciales de la canasta básica, la abogada Dra. Silvia Zarza analizó la problemática del endeudamiento familiar y detalló los recursos legales con los que cuentan las personas para defenderse frente a abusos de bancos, billeteras virtuales y empresas de cobranza.
Según datos expuestos por la especialista durante su habitual consultorio jurídico en 47M, cerca del 13% de la población argentina atraviesa situaciones de morosidad, generadas mayoritariamente por consumos cotidianos en supermercados y farmacias. Ante este panorama, se evidencia una brecha alarmante en el sistema financiero: mientras un depósito a plazo fijo rinde alrededor del 20% al 22% anual, los bancos y plataformas digitales llegan a aplicar intereses promedio del 130% anual por saldos impagos en tarjetas de crédito.
Cláusulas nulas y falsas amenazas de embargo
Frente a la habitual justificación bancaria de que el cliente “aceptó los términos y condiciones”, la especialista aclaró que, según el Código Civil y Comercial de la Nación, las cláusulas e intereses abusivos son legalmente nulos, aun cuando hayan sido aceptados de forma digital.
Asimismo, remarcó que las maniobras de intimidación o acoso telefónico hacia familiares y empleadores para exigir el pago carecen de validez legal para ejecutar medidas coercitivas. “Ningún estudio de cobranzas ni entidad financiera puede decretar un embargo de sueldos o bloqueo de cuentas sin una orden judicial debidamente emitida y firmada por un juez”, enfatizó.
¿Cómo actuar ante un reclamo de deuda?
Para hacer frente a estas situaciones y resguardar los derechos del usuario dentro de la relación de consumo, se recomiendan las siguientes medidas:
- Guardar evidencia: Capturar mensajes de WhatsApp, correos electrónicos y grabar llamadas de cobranza para certificar las modalidades de acoso.
- Exigir documentación: Pedir el desglose detallado de la deuda y la acreditación legal de la empresa que realiza el cobro, especialmente cuando se trata de firmas que compran carteras de deudores.
- Iniciar acciones formales: Presentar desconocimientos o notas de reclamo tanto ante la entidad bancaria como ante la tarjeta emisora, recurrir al Banco Central de la República Argentina (BCRA), acudir a Defensa del Consumidor o recurrir a la vía judicial por daños y perjuicios.

