Sergio Nahuel Rojas y Rosa Leguizamón permanecerán en prisión preventiva hasta la realización del juicio. El juez Jorge Gustavo Vallejos consideró el pedido de la Fiscalía, que advirtió sobre posibles riesgos para la investigación.

La Justicia de Esquina resolvió que Sergio Nahuel Rojas y Rosa Leguizamón continúen detenidos hasta la instancia del juicio en la causa por la desaparición de la docente rural Nanci Estela Godoy. La medida fue dispuesta por el juez de Garantías Jorge Gustavo Vallejos, a través de la Resolución Nº 495, luego de evaluar los argumentos de la Fiscalía, las querellas y las defensas.
Los fiscales Javier Gustavo Mosquera y María Andrea González sostuvieron que la permanencia de los imputados bajo prisión preventiva resulta necesaria para evitar posibles interferencias en la investigación y en las tareas destinadas a encontrar a la docente. El requerimiento recibió la adhesión de las partes querellantes, que respaldaron la continuidad de la detención.
En cuanto a las imputaciones, Rojas está acusado de femicidio como coautor material, mientras que Leguizamón enfrenta cargos por homicidio simple en calidad de coautora. La querella que representa a los hijos de Godoy pidió que la prisión preventiva se estableciera sin plazo, mientras que la representación de Sebastián Medina también apoyó la solicitud del Ministerio Público Fiscal.
Durante la audiencia, las defensas intentaron evitar la continuidad de la detención en una unidad penitenciaria. La representación de Leguizamón planteó la posibilidad de concederle prisión domiciliaria debido a que tiene tres hijos menores a su cargo. En tanto, la defensa de Rojas argumentó que no se habían demostrado riesgos procesales concretos y advirtió que la medida podía representar un adelanto de pena, por lo que pidió su reemplazo por arresto domiciliario o la determinación de un plazo.
Sin embargo, el magistrado resolvió mantener la prisión preventiva de ambos hasta el juicio, al considerar la gravedad del caso y la necesidad de proteger el desarrollo del proceso judicial, conforme al artículo 233 del Código Procesal Penal.
