Carlos Amad cuestionó el fallo que había descartado esa figura contra el exgobernador de Chaco y una exministra. Sostiene que las adjudicaciones de tierras fueron el inicio de una maniobra que continuó con ganancias empresariales. Ahora, Patricio Sabadini deberá definir si sostiene la apelación ante la Cámara Federal.
La causa que investiga la adjudicación de más de 3.600 hectáreas de tierras fiscales de Chaco a empresarios vinculados comercialmente con la pareja de una exministra sumó un nuevo capítulo judicial. El fiscal federal Carlos Amad apeló la resolución que procesó al exgobernador Jorge Capitanich por fraude contra el Estado, pero descartó investigarlo bajo la figura de lavado de activos.
El recurso cuestiona uno de los puntos centrales del fallo dictado el 16 de julio por el juez federal de Presidencia Roque Sáenz Peña, Fernando Carbajal. Para Amad, el magistrado interpretó de manera incorrecta la hipótesis de la acusación al considerar que no se habían identificado operaciones posteriores capaces de configurar el delito de lavado.
La Fiscalía sostiene, en cambio, que la presunta maniobra no se habría agotado con la adjudicación irregular de las tierras, sino que ese hecho habría constituido el punto de partida de un circuito económico posterior.
La discusión tiene además una consecuencia clave para el expediente: la permanencia del delito de lavado podría sostener la competencia de la Justicia Federal, mientras que su exclusión podría abrir el camino para que la investigación por las presuntas irregularidades en las adjudicaciones pase a la Justicia ordinaria de Chaco.
Para Amad, las tierras fueron el inicio de la maniobra
El eje de la apelación está puesto en la interpretación del supuesto circuito económico. El juez Carbajal había considerado que la acusación no identificaba con suficiente precisión actos posteriores e independientes al presunto fraude que permitieran sostener la figura del lavado de activos.
Amad rechazó ese planteo y sostuvo que la adquisición de las tierras no constituye, por sí sola, toda la maniobra investigada.
En su recurso, el fiscal afirmó que “la adquisición en sí de tierras fiscales no es ‘per se’ la única acción o conducta analizada en este caso para considerar el delito de lavado, es el principio de la maniobra, no se agota en ella”.
Según la hipótesis del Ministerio Público Fiscal, las tierras adjudicadas habrían funcionado como el activo inicial sobre el cual posteriormente se desarrollaron actividades económicas y se generaron ganancias que ingresaron al circuito formal.
En ese entramado aparecen Grupo Pampa Agro SRL y Pampa Semillas SRL, vinculadas con Mauricio Cian, Federico Storti, Leandro Bessone y Nelson Pochón.
La Fiscalía pretende que la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia analice de manera conjunta las adjudicaciones, el posterior crecimiento patrimonial de las empresas y los beneficios económicos obtenidos.
Qué rol le atribuye la Fiscalía a Capitanich y Soneira
La apelación también profundiza la imputación contra Jorge Capitanich y la exministra Marta Soneira, a quienes Amad ubica como presuntos partícipes necesarios de la maniobra.
De acuerdo con la tesis fiscal, sus intervenciones desde el Estado habrían permitido que los empresarios accedieran a las tierras y luego pudieran explotarlas económicamente.
“Capitanich y Soneira son partícipes necesarios en tanto que son ellos quienes a partir de la adjudicación de las tierras les dan las herramientas a los demás consortes de causa y así seguir adelante con la maniobra delictiva”, sostuvo Amad.
La Fiscalía considera que el presunto otorgamiento irregular de las tierras habría constituido un “medio clave” para que posteriormente se generaran ganancias.
Se trata, sin embargo, de la hipótesis del Ministerio Público Fiscal y no de un hecho probado. De hecho, Carbajal rechazó en primera instancia el encuadre por lavado, aunque sí consideró que existían elementos suficientes para procesar a Capitanich y Soneira por otros delitos.
Qué resolvió el juez
El fallo del 16 de julio procesó a Capitanich y Soneira como presuntos coautores de fraude en perjuicio de la Administración Pública, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública.
También quedaron procesados Mauricio Cian, Federico Storti, Leandro Bessone y Nelson Pochón por fraude contra la Administración Pública.
La investigación se concentra principalmente en cuatro inmuebles rurales del departamento Almirante Brown que suman 3.635 hectáreas.
La hipótesis fiscal sostiene que empresarios que mantenían vínculos comerciales con Cian, pareja de Soneira, accedieron a campos fiscales mediante expedientes en los que intervinieron funcionarios provinciales. Como gobernador, Capitanich firmó decretos que ratificaron algunas de esas adjudicaciones.
Su defensa sostuvo que se trataba de una intervención obligatoria dentro de expedientes que ya habían sido analizados por las áreas técnicas y organismos de control.
Carbajal, sin embargo, consideró que la firma del gobernador no podía ser entendida como una mera formalidad y señaló que, en adjudicaciones superiores a las 300 hectáreas, la legislación provincial exige una intervención del Poder Ejecutivo que supone un control sustancial.
Al mismo tiempo, el juez descartó las imputaciones por lavado de activos, enriquecimiento ilícito y malversación de caudales públicos. Ese recorte es precisamente el que ahora Amad busca revertir.
La Fiscalía pone la lupa sobre el crecimiento de las empresas
Para sostener que hubo operaciones posteriores a las adjudicaciones, Amad incorporó información patrimonial y contable de las empresas involucradas.
Entre otros elementos, mencionó que Grupo Pampa Agro registró un incremento de su activo corriente desde aproximadamente $48,5 millones hasta $177,6 millones entre los ejercicios analizados.
El fiscal también señaló presuntas inconsistencias al comparar determinados créditos por ventas con declaraciones juradas.
A esto sumó beneficios obtenidos por la empresa dentro de un régimen de promoción industrial. El recurso menciona una bonificación del 30% sobre el consumo eléctrico, que habría representado un ahorro de aproximadamente $28,5 millones entre agosto de 2023 y julio de 2025, además de un reintegro equivalente al 30% de una inversión, calculado en unos $9 millones a valores de 2022.
Para la Fiscalía, estos elementos deben analizarse en conjunto con las adjudicaciones y el posterior crecimiento de las empresas.
El juez Carbajal, en cambio, consideró que esos beneficios no permitían sostener las imputaciones tal como habían sido formuladas y señaló que fueron tramitados ante otro ministerio, sin que se hubiera acreditado suficientemente la intervención concreta de Capitanich o Soneira.
Capitanich rechazó el procesamiento
El exgobernador cuestionó públicamente su procesamiento y anticipó que recurriría la resolución. En declaraciones periodísticas, calificó la causa como “un invento desde la primera página hasta la última” y consideró la imputación “absolutamente infundada, incongruente e inconsistente”.
Capitanich también cuestionó que se lo responsabilizara por la ratificación de adjudicaciones que habían atravesado previamente el Instituto de Colonización y diferentes organismos provinciales.
Respecto de la acusación por lavado de activos, sostuvo que las tierras continuaban registradas a nombre del Estado provincial y que no había existido una transferencia de dominio que permitiera configurar la maniobra atribuida por la Fiscalía.
El exgobernador también había planteado una cuestión de competencia: según su postura, si los hechos corresponden a presuntos incumplimientos de funcionarios provinciales, deberían ser investigados por la Justicia ordinaria de Chaco y no por el fuero federal.
Una decisión clave para Sabadini
La apelación de Amad fue presentada el 31 de julio y solicita que el expediente sea elevado a la Cámara Federal para revisar la decisión de Carbajal.
Ahora, el fiscal general Patricio Sabadini deberá definir si sostiene el planteo ante la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia.
Si la apelación avanza, el tribunal deberá analizar si corresponde reincorporar la hipótesis de lavado de activos contra Capitanich, Soneira y los demás involucrados.
La decisión también podría tener consecuencias sobre el futuro de la causa. Si el delito federal permanece en discusión, el expediente continuaría bajo la órbita de la Justicia Federal. En caso contrario, podría cobrar fuerza la posibilidad de que la investigación quede radicada en los tribunales provinciales.
Así, la controversia ya no gira únicamente alrededor de la calificación penal de las conductas investigadas. El punto central será determinar si las presuntas adjudicaciones irregulares de tierras y las ganancias posteriores de las empresas pueden ser consideradas distintas etapas de una misma maniobra de lavado, tal como sostiene la Fiscalía, o si corresponde mantener el criterio adoptado por el juez Carbajal y limitar la causa a los delitos contra la administración pública.

